LUEGO DE UNA INTERVENCIÓN DEL MUNICIPIO DE QUILMES AYSA DEBERÁ PAGAR UNA MULTA MILLONARIA Y RESTABLECER LA ATENCIÓN PRESENCIAL EN EL DISTRITO

A Través De La Dirección General De Defensa De Usuarios, Consumidores y Lealtad Comercial De La Comuna

El Municipio de
Quilmes informa que sancionó a la empresa Agua y Saneamientos Argentinos SA
(AySA) con una multa de 445.248.000 pesos por incumplimientos en la atención a
los usuarios del servicio de agua potable y cloacas en el distrito. La medida
responde a un procedimiento de oficio iniciado por la Dirección General de
Defensa de Usuarios, Consumidores y Lealtad Comercial de la Comuna, tras
recibir un incremento exponencial en reclamos contra la empresa por la falta de
atención presencial.

La investigación se originó a raíz de reiteradas
denuncias de vecinos que manifestaron dificultades para realizar trámites y
reclamos ante la empresa, debido a la eliminación de la atención presencial en
Quilmes. Según la sentencia, dictada por la Dra. Anabella Galván, a cargo del
Juzgado de Faltas Nº 4, AySA vulneró los derechos de los consumidores al no
garantizar canales accesibles de atención, especialmente para adultos mayores y
sectores sin acceso a Internet.

En su defensa, la empresa argumentó que modernizó
su servicio y promovió la autogestión digital, asegurando que la mayoría de sus
usuarios resuelven sus trámites de manera online. Sin embargo, el fallo del
Juzgado de Faltas Nº 4 destacó que la digitalización no puede reemplazar la
atención presencial, ya que esto afecta el acceso a derechos esenciales.

Multa millonaria y obligación de restablecer oficinas

Además de la sanción económica, la sentencia
ordena a AySA restablecer la atención presencial en Quilmes en un plazo máximo
de 30 días, y presentar un plan detallado con la ubicación de las oficinas, los
horarios de atención y los servicios que brindarán. También se le exige
garantizar infraestructura adecuada y personal capacitado.

La jueza de faltas a cargo consideró que la
empresa incumplió los artículos 4, 8 bis y 27 de la Ley 24.240 de Defensa del
Consumidor, que establecen el derecho a la información, el trato digno y la
obligatoriedad de contar con centros de atención personalizada.

Precedentes y alcance del fallo

El fallo sienta un precedente importante en
materia de derechos de los consumidores y servicios públicos esenciales. Se
basa en resoluciones previas que establecen que las empresas concesionarias
deben garantizar condiciones de accesibilidad para todos los usuarios,
independientemente del avance tecnológico.

Desde el Municipio de Quilmes resaltaron que esta
decisión reafirma la competencia de las administraciones locales en la
protección de los derechos de los usuarios de servicios públicos.