Abogacía Organizada de Berazategui Asociación Civil

COMUNICADO D.N.U. N° 70/2023

La Abogacía Organizada de Berazategui Asociación
Civil manifiesta su repudio al Decreto de necesidad y urgencia N° 70/2023, que
legisla regresivamente sobre una cantidad innumerable de materias, y fue
dictado en violación al art. 99 Inc. 3 de la Constitución Nacional ya que no
existen
“las circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir
los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las
leyes”
, que requiere el artículo citado como presupuesto de hecho
para justificar la validez del decreto.

El dictado del DNU N° 70/2023 constituye una
maniobra abusiva y antirrepublicana para que no exista el merecido debate y
tratamiento en pleno de ambas Cámaras del Congreso de la Nación respecto de la
extensísima cantidad de derogaciones y modificaciones legislativas que eliminan
y restringen en forma regresiva derechos constitucionales de diversa
naturaleza, especialmente, derechos de los trabajadores protegidos por el art.
14 bis de la C.N. y los convenios de la O.I.T., afiliados de obras sociales y
entidades de medicina prepaga, usuarios y consumidores amparados por el art. 42
C.N., locatarios de viviendas y comercios, y comerciantes y empresarios,
afectando directamente las incumbencias y los honorarios de los abogados y
abogadas.

Las derogaciones y modificaciones legislativas
referidas requieren un profundo debate institucional y público, y la privación
del mismo constituye una vulneración al sistema republicano y la división de
poderes prevista en nuestra Constitución Nacional.

La terminología empleada por el inconstitucional
decreto dispone “la desregulación del comercio, los servicios y la industria en
todo el territorio de la nación”, cuando en realidad implica una regulación a
favor de escasos grupos monopólicos y/u oligopólicos del poder económico,
facultándolos a incurrir en todo tipo de abusos en franca desprotección de
todos los habitantes de la Nación, cuyos derechos y garantías reconocidos por
la Constitución Nacional resultan eliminados y alterados por el decreto que sin
necesitad ni urgencia reglamenta el ejercicio de los mismos, en violación a lo
dispuesto por el art. 28 de la C.N.

Rogamos a los Sres. Jueces y Juezas del Poder
Judicial provincial y federal mantener la vigencia y la supremacía de la
Constitución Nacional, declarando de oficio, y/o a petición de parte, las
inconstitucionalidades de los actos y normas que eliminen, restrinjan y
suspendan derechos y garantías reconocidos y protegidos constitucional y
convencionalmente.

Berazategui, 29 de diciembre de
2023