GRACIAS A MAYRA MENDOZA Y A LA GESTIÓN DEL MUNICIPIO DE QUILMES SE MULTARÁ A EDESUR POR 200 MILLONES DE PESOS

Por iniciativa e instrucción de la intendenta de
Quilmes, Mayra Mendoza, la Municipalidad inició un procedimiento de oficio
contra la compañía eléctrica EDESUR que culminó con una multa de 200 millones
de pesos más las costas del proceso, como consecuencia de las constantes
interrupciones y deficiencias del servicio, sumadas al incumplimiento por parte
de la empresa en el deber de información y trato digno hacia los consumidores.

La medida se llevó adelante
a través de la Dirección General de Defensa de Usuarios, Consumidores y Lealtad
Comercial local, y la sanción fue dispuesta por el Juzgado de Faltas Nº 4, a
cargo de la Dra. Anabella Galván, por violación a los Artículos 4, 8 bis y 30
de la Ley 24.240, que además hizo especial hincapié en que la mayor parte de
los afectados por los cortes en el Municipio son consumidores en especial
situación de vulnerabilidad
.

Uno de los fundamentos de la resolución refiere a la
gran cantidad de denuncias realizadas contra EDESUR y la reincidencia por parte
de la empresa, la cual “ha afectado a los
usuarios durante décadas”
. De hecho, del relevamiento realizado por el área
de Defensa del Consumidor de Quilmes, se desprende que durante el año 2022, EDESUR
encabezó el listado de empresas más denunciadas acumulando un 8,43% de los
reclamos totales realizados en el distrito.

Estos datos no son una excepción, sino que forman
parte de una tendencia histórica: es siempre EDESUR la empresa que encabeza la
cantidad de denuncias realizadas por parte de los consumidores quilmeños. Durante
el año 2021 las denuncias a EDESUR representaron el 8% del total de las
denuncias, al igual que en el 2020. Mientras que en 2018 y 2019, representaron
el 16,5% y el 12,4% del total respectivamente. Cabe destacar que ese pico
registrado en los años 2018 y 2019 responde al incremento de tarifas en ese
periodo.

“La deficiencia en la
prestación del servicio no responde exclusivamente a las altas temperaturas,
sino que se trata de una problemática causada principalmente por la falta de
inversión por parte de la empresa imputada”

Por otro lado,
la sentencia afirma que “la deficiencia en la prestación del
servicio no responde exclusivamente a las altas temperaturas, sino que se trata
de una problemática causada principalmente por la falta de inversión por parte
de la empresa imputada, tanto en infraestructura como en equipos necesarios
para garantizar la calidad del servicio”.
A las fallas del servicio se
les suma, además, la falta de respuesta en los canales de comunicación, lo cual
representa una infracción del deber de información por parte de la empresa. Por
lo tanto, la sentencia agrega que “no se trata únicamente de considerar la
interrupción del servicio de energía eléctrica, sino la conducta metódica que
asume la demandada ante tales situaciones y su reiteración en el tiempo”.

Por otro lado,
se remarca que “las diferentes áreas municipales han informado la existencia de 323
expedientes en trámite ante la Dirección General de Usuarios, Consumidores y
Lealtad Comercial; y 98 expedientes ante los diferentes Juzgados de Faltas, de
los cuales 76 tienen sentencia firme”.
A pesar de ello, las multas
dispuestas en dichas sentencias “no han sido abonadas” por la
empresa, lo cual deja en claro la recurrencia de la misma en situaciones de
infracción.