Una iniciativa del Intendente para incentivar el desarrollo del sector productivo NUEVO RÉGIMEN DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL EN BERAZATEGUI

En el marco de la emergencia que atraviesa el país como consecuencia de la pandemia de coronavirus (COVID-19), el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Berazategui aprobó un nuevo Régimen de Promoción Industrial. Se trata de un proyecto presentado por el Ejecutivo local, a cargo del intendente Juan José Mussi, con el fin de promover y generar condiciones propicias para el desarrollo económico de la Ciudad, a través de varios beneficios impositivos para el sector productivo.

El objetivo es fomentar la contratación de mano de obra local e incentivar la radicación o ampliación de sus instalaciones edilicias.

Sancionada
con fuerza de Ordenanza (N° 5876), esta importante iniciativa estará a cargo de
la Secretaría de Trabajo de la Municipalidad y consistirá en la eximición del
pago de tasas y derechos municipales a todas aquellas industrias que
desarrollen su actividad dentro del distrito. El objetivo es fomentar la
contratación de mano de obra local e incentivar la radicación o ampliación de
sus instalaciones edilicias.

La
empresas para gozar de estos beneficios deberán acreditar:

Fundamentalmente,
para poder gozar de estos beneficios, las compañías deberán acreditar que al
menos la mitad de su personal posee residencia real en Berazategui, incorporar
personal femenino a la nómina de los empleados que se desempeñan en las tareas
productivas y sumarse al Programa municipal de Responsabilidad Social
Empresarial. También, entre otras cosas, se tendrá en cuenta el compromiso de
los emprendimientos con la sustentabilidad ambiental, además de su contratación
de proveedores locales vinculados a la actividad productiva (al menos uno) y de
servicios brindados dentro de la ciudad.

De
cumplirse, cada uno de estos requisitos representará para las empresas un
determinado porcentaje de exención a otorgarse sobre las siguientes tasas y
derechos municipales:
Tasa por Inspección de Seguridad e higiene (50%);
Tasa por Inspección de medidores, Motores, Generadores de vapor a energía,
calderas y demás instalaciones (15%); Derechos de Construcción (10%); Derechos
de Publicidad y Propaganda (10%); Tasa por Contraste de pesas y Medidas (15); y
Derechos de oficina (únicamente en lo que respecta a las actuaciones por las
que se tramita la exención).
Asimismo, todas aquellas industrias que resulten beneficiadas -en cualquiera de
sus porcentajes- quedarán obligadas a suministrar los informes que se requieran
y a facilitar las fiscalizaciones de los establecimientos, a la mera solicitud
del Municipio. En este sentido, la falta de cumplimiento en sus declaraciones
juradas o falsedad en la documentación presentada, tendrán como sanción la
suspensión de los beneficios otorgados (hasta tanto se compruebe el efectivo
cumplimiento de los requisitos) o la directa caducidad de los mismos.