EMERGENCIA SANITARIA AUTORIZAN NUEVAS ACTIVIDADES, SERVICIOS Y PROFESIONES EN FLORENCIO VARELA

Mediante la Decisión Administrativa 995/2020, publicada
este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional autorizó nuevas
actividades en Florencio Varela y en varios municipios bonaerenses.

Esto habilita nuevas excepciones al «cumplimiento del
aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a
las personas afectadas a las actividades, servicios y profesiones»

que se autorizaron.

Según la mencionada decisión administrativa en Florencio
Varela se habilitó a partir del día de la fecha las siguientes actividades:

– Servicios inmobiliarios – Profesionales y técnicos:
abogados, contadores, arquitectos, escribanos, gestores, agrimensores,
profesionales y técnicos en seguridad e higiene laboral – Servicios contables.

  – Arquitectura e
ingeniería.

  – Escribanía –
Kinesiólogos – Podólogos – Nutricionistas y fonoaudiólogos – Agencia de remises
– Electricistas, gasistas, plomería, electricidad, albañilería, pintores,
jardineros, pileteros, herrerías – Lavadero de autos – Matafuegos (recarga,
revisión) -Venta y reparación de automotores, motocicletas, bicicletas – Venta
minoristas de materiales eléctricos – Pinturería – Madereras – Aberturas –
Cerámicas – Viveros – Lubricentros – Ortopedias – Fabricación de calzado –
Fabricación de indumentaria – Industria química y petroquímica – Fabricación de
productos metalúrgicos, maquinaria y equipo – Fabricación de productos
minerales no metálicos (Fabricación de ladrillos).

En todos los casos y para preservar la salud de los
trabajadores y trabajadoras, deben cumplirse estrictos protocolos sanitarios y
ninguno de las personas afectadas o involucradas a las nuevas actividades
podrán acceder a los lugares habilitados utilizando el servicio público del
transporte de pasajeros, y su traslado deberá ser garantizado por las
empleadoras y empleadores.

Por su parte, y en el marco de la Decisión
Administrativa N° 919/20, que exceptúa del «aislamiento social, preventivo y
obligatorio»
y de la prohibición de circular al personal afectado
a las agencias oficiales de lotería, en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires, se decretó habilitar el funcionamiento de las mismas en el partido, de
lunes a sábados de 9 a 18 horas.

La mencionada actividad deberá ajustar su funcionamiento
 al protocolo sanitario establecido por
el Instituto provincial de Lotería y Casinos,  y los empleadores y empleadoras deberán
garantizar y proveer el uso del transporte privado particular de cualquier tipo
y/o servicio de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, taxis
ó remises, evitando en consecuencia  el
uso del servicio público de transporte de pasajeros en cualquiera de sus modalidades.